Ya en BOE el RD que regula el Salario Mínimo Interprofesional para 2025
Tras aprobarse ayer (11 de febrero) en Consejo de Ministros, hoy, 12 de febrero de 2025, se ha publicado en BOE el RD que regula el Salario Mínimo Interprofesional para 2025.
Se trata del Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025, que se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, lo que obligará, en los casos donde se aplique el SMI, a recalcular las nóminas.
Cuantía SMI para 2025
El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en:
39,47 euros/día o
1184 euros/mes
según el salario esté fijado por días o por meses.
Cuantías concretas:
Las cuantías que tendrá el SMI en el año 2025 a partir del 1 de enero serán las siguientes:
- SMI diario: 39,47 euros.
- SMI mensual: 1.184 euros.
- SMI anual: 16.576 euros.
- SMI para eventuales y temporeros, por jornada legal en la actividad: 56,08 euros.
- SMI empleados / empleadas de hogar, por hora efectivamente trabajada: 9,26 euros
Cabe recordar que en el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación establecidas en el RD.
