Vehículos eléctricos e IS: ¿una oportunidad fiscal para las empresas en 2025?
La apuesta por la movilidad eléctrica no solo responde a criterios medioambientales, sino que también abre la puerta a importantes ventajas fiscales para las empresas. La normativa vigente ofrece un marco muy favorable para quienes decidan invertir en este ámbito.
En un contexto de transición energética y descarbonización, el marco fiscal español ha reforzado los incentivos para que las empresas apuesten por la movilidad eléctrica. Desde 2024, la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructuras de recarga pueden beneficiarse de un tratamiento fiscal especialmente favorable en el Impuesto sobre Sociedades (IS).
¿Qué dice la normativa?
El Real Decreto-ley 4/2024 (BOE de 27/06/2024)introdujo un régimen de libertad de amortización para inversiones en movilidad eléctrica, sustituyendo el anterior sistema de amortización acelerada. Este cambio permite a las empresas amortizar libremente el coste de adquisición de determinados activos, reduciendo así su base imponible en el ejercicio en que se realiza la inversión.
¿Qué inversiones son elegibles?
Vehículos eléctricos nuevos (BEV, PHEV, FCEV, etc.) afectos a la actividad económica, adquiridos y puestos en funcionamiento entre 2024 y 2025, pueden acogerse a este régimen.
También se incluyen las inversiones en infraestructuras de recarga eléctrica, tanto de uso interno como público, siempre que estén vinculadas a la actividad empresarial y cumplan con los requisitos técnicos establecidos.
Requisitos clave
Para aplicar esta deducción, los activos deben estar correctamente documentados, afectos a la actividad económica y cumplir con los criterios técnicos exigidos.
La empresa debe conservar la documentación justificativa de la inversión y su puesta en funcionamiento, así como acreditar su vinculación con la operativa del negocio.
Más allá del ahorro fiscal
Además del beneficio económico inmediato, esta medida permite a las empresas avanzar en sus compromisos de sostenibilidad y responsabilidad social. La inversión en movilidad eléctrica se alinea con los criterios ESG y mejora la imagen corporativa frente a clientes, inversores y administraciones públicas.
Desde el Departamento Fiscal de SINCRO consideramos que la libertad de amortización para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga no solo es una oportunidad fiscal relevante en 2025, sino también una palanca estratégica para avanzar hacia un modelo empresarial más sostenible y eficiente.
Además, esta medida permite a las empresas reducir su carga tributaria mientras modernizan su flota y refuerzan su compromiso ambiental.
