Trabajadores extranjeros: El Supremo declara nula una prohibición clave para las ETTs
El Tribunal Supremo acaba de declarar nula la prohibición que impedía a las Empresas de Trabajo Temporal (ETTs) participar en la contratación de trabajadores extranjeros para actividades de temporada.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia sobre el nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre, tal y como ha informado el CGPJ en un comunicado de prensa difundido hoy, 13 de julio de 2026.
Trabajadores extranjeros en actividades de temporada
En materia laboral, se pronuncia sobre una cuestión crítica para las ETT.
En concreto, el TS declara nula la prohibición que impedía a las empresas de trabajo temporal participar en la contratación de trabajadores extranjeros para actividades de temporada.
En este sentido, el art. 101 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre establece expresamente lo siguiente:
“Las empresas de trabajo temporal no podrán ser titulares de esta autorización de residencia y trabajo para actividades de temporada ni ser autorizados por cambio de empleador o en la cadena de concatenaciones”
Según se expone en el comunicado del CGPJ, “la sentencia considera que el Gobierno introdujo esa limitación sin cobertura legal suficiente y sin justificar adecuadamente las razones de interés general que la sustentaban”.
