Teletrabajo y desconexión digital: dos de los focos de Inspección en 2025/2027
El teletrabajo y el ejercicio del derecho a la desconexión digital son dos de los focos de inspección incluidos en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025/2027 (publicado hoy, 12 de septiembre de 2025, en BOE).
- Teletrabajo
En concreto, la Línea 7.6 (Teletrabajo) establece, entre otros, lo siguiente:
El trabajo a distancia puede dar lugar a situaciones de economía irregular, incumplimientos en materia de tiempo de trabajo, así como de ausencia de desconexión digital, que precisan ser detectadas y combatidas desde una perspectiva diferente, atendiendo a las dificultades que conlleva que la actividad laboral se realice, en la mayoría de los casos, dentro del domicilio particular.
Estas dificultades se incrementan en el caso del teletrabajo internacional, cuando la prestación de servicios se realiza para empresas extranjeras, pero dentro del estado español.
La regularización de estas situaciones dentro de la Seguridad Social española tiene que ser una prioridad para la Inspección, para lo cual es necesario una estrecha colaboración con la administración de la Seguridad Social y la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria.
Como consecuencia de lo anterior:
– Se trabajará en el desarrollo de una guía de actuación en esta materia, que permita la especialización del personal inspector.
– Se optimizará la planificación de las actuaciones inspectoras en la materia a través del acceso y análisis de las bases de datos que incluyen los acuerdos de trabajo a distancia.
– A través de la Escuela de Inspección, se impartirá formación específica en la materia al personal con funciones inspectoras.
– Se potenciará la cooperación con la administración de la Seguridad Social y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con el objetivo de identificar situaciones de teletrabajo internacional y comprobar si las personas trabajadoras afectadas deben estar incluidas en el sistema de Seguridad Social español
- Recordatorio desde Sincro
Volvemos a recordar desde Sincro que en los supuestos de teletrabajo regular (cuando se supere el porcentaje del 30% en un periodo de referencia de tres meses) es obligatorio formalizar el acuerdo de trabajo a distancia con cada trabajador y registrarlo en el SEPE.
Desconexión digital
Entre otros puntos, se establece expreamente lo siguiente:
– Se llevarán a cabo actuaciones relacionadas con el derecho a la desconexión digital, las cuales tendrán una visión global, considerando no solo la materia de tiempo de trabajo, sino también los efectos de los posibles incumplimientos de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como la vulneración del derecho a la intimidad, o la posible exposición a riesgos psicosociales
Recordatorio desde Sincro
Todas las empresas (sea cual sea su número de personas trabajadoras en plantilla) están obligadas a elaborar un protocolo de desconexión digital.
A la hora de elaborarlo, es fundamental consultar el convenio colectivo de aplicación, ya que cada vez tenemos más convenios regulando expresamente esta cuestión.
Desde los Departamentos Jurídico y de Compliance de Sincro hemos asesorado y acompañado a todo tipo de empresas a elaborar sus acuerdos de trabajo a distancia y sus protocolos de desconexión digital desde el doble prisma laboral y de dirección estratégica de personas.