Sigue sin poder tramitarse en la Seguridad Social el permiso parental de 8 semanas
Una cosa es la norma y otra muy distinta su aplicación en la práctica. Y el disfrute del permiso parental de hasta 8 semanas es uno de los mejores exponentes. A fecha de hoy (8 de febrero de 2024) sigue sin poder tramitarse en la Seguridad Social porque no han habilitado en el Sistema RED su tramitación.
Boletín del Sistema RED: “próximamente”….
Tal y como explicamos en El Blog de SincroGO, la Seguridad Social (vía boletín del Sistema RED, BNR 2/2024, 22 de enero de 2024) aclaró más de seis meses después de entrar en vigor el RDLey 5/2023 el disfrute y cotización a la Seguridad Social del permiso parental (duración no superior a ocho semanas). Cuestión distinta es que se pueda tramitar en la práctica:
- Permiso parental disfrutado a tiempo completo
Entrada en vigor: 30 de junio de 2023.
Alta y cotización. Durante el disfrute del permiso parental a tiempo completo deberá mantenerse el alta y la cotización respecto de la persona trabajadora.
Aunque esta figura se regula como un supuesto de suspensión, a efectos de cotización, mantiene su naturaleza de permiso y, por tanto, aplica el artículo 69 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, y, en consecuencia, la obligación de cotizar.
- • Permiso parental disfrutado a tiempo parcial: pendiente de desarrollo reglamentario
De conformidad con el criterio de la DGOSS el inicio de la vigencia del permiso parental disfrutado a tiempo parcial se encuentra pendiente de desarrollo reglamentario.
NOTA: De lo que no hay duda es que de momento este “permiso” (aunque en realidad es un supuesto de suspensión del contrato de trabajo al establecerse como tal vía art. 45.1.o del ET) no está remunerado
Ahora bien, ¿se puede tramitar en la práctica?
Tal y como se especificaba en el propio Boletín BNR 2/2024 (citamos textualmente):
» Identificación en el ámbito de afiliación. La identificación de estas situaciones se realizará a través del valor 20-PERMISO PARENTAL TIEMPO COMPLETO- del campo TIPO DE INACTIVIDAD. Próximamente se informará de la fecha de implantación de este nuevo valor».
Respuesta de la Seguridad Social (7 de febrero 2024): tramitación del permiso parental
Ayer (7 de febrero de 2024) elevamos una consulta a la Seguridad Social a través de CASIA. Ésta ha sido la respuesta (en definitiva, que desconocen cuándo va a estar operativo el campo que permitirá tramitar en la práctica el disfrute del permiso parental)
NOTA: El matiz de “a tiempo completo” es que no será posible el disfrute a tiempo parcial del permiso parental, puesto que esta cuestión concreta queda todavía pendiente de desarrollo reglamentario:
En definitiva, una vez más la inseguridad jurídica es enorme y genera enormes problemas tanto a las empresas como a las personas trabajadoras.
