Permiso de 5 días por hospitalización o enfermedad: Un JS considera que no cabe exigir justificación de que persiste la necesidad de cuidado
En torno al permiso de 5 días por enfermedad u hospitalización de un familiar (o convivientes) derivado del RDLey 5/2023 estamos viendo una cierta conflictividad en la jurisdicción social. Hoy analizamos una sentencia de un JS que considera que no cabe exigir a la persona trabajadora que justifique que subsiste la necesidad de cuidado durante los 5 días.
Entiende el JS que “la postura de la empresa es la de exigir una justificación a las personas trabajadoras no ya de la existencia de la contingencia que motiva la ausencia, sino de su persistencia en el tiempo, de manera que, justificada la misma inicialmente, se deba continuar justificando la necesidad de reposo y cuidados de esa persona”. Y entiende el JS que no cabe tal exigencia (Sentencia del Juzgado de lo Social de Guadalajara Sección: 1 de 06/06/2024).
El caso concreto enjuiciado
Acerca de los cinco días por Hospitalización o intervención quirúrgica con reposo, la postura empresarial era la siguiente:
“Para poder disfrutar del mismo, se ha de acreditar que se da la circunstancia de dicho permiso por cada uno de los 5 días, ya que éstos pueden ser disfrutados de manera continuada o no.
Por otro lado, acerca de los permisos con convivientes, se deberá de acreditar mediante documento de esta circunstancia de conviviente y de la necesidad de cuidado.”
En el acta de conciliación previa, la postura empresarial, continuó siendo la exigir un justificante fehaciente emitido por el médico en el que conste el plazo, no siendo equivalente el alta hospitalaria con el alta médica: en esto último estaban de acuerdo todas las partes
La postura de la empresa es la de exigir una justificación a las personas trabajadoras no ya de la existencia de la contingencia que motiva la ausencia, sino de su persistencia en el tiempo, de manera que, justificada la misma inicialmente, se deba continuar justificando la necesidad de reposo y cuidados de esa persona.
La empresa argumenta que su postura se debe a la necesidad de evitar el fraude y que el permiso no se utilice para una finalidad distinta de la dedicación a los cuidados y atenciones de todo tipo del familiar o conviviente en cuestión.
Se aplica el Convenio Colectivo de Operadores logísticos de la provincia de Guadalajara, y de manera subsidiaria el II Acuerdo General para las empresas de transporte de mercancías por carretera
La sentencia: no cabe exigir justificación de persistencia de reposo
Razona el JS que desde el prisma de la literalidad del precepto legal como primera pauta hermenéutica contenida en el artículo 3.1 del Código Civil “sentido propio de sus palabras en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo enque han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.
Y lo cierto es que literalmente, la exigencia del precepto legal es el “previo aviso y justificación”, esto es, en ningún momento la norma establece una exigencia adicional de justificar a posteriori la continuidad de la situación que ha motivado el permiso, sino que el único requisito es avisar y justificarlo previamente y no durante el permiso.
Entiende el JS que la literalidad del precepto no deja lugar a dudas, pero es que además tampoco entendemos que la interpretación empresarial, contraria a ese sentido literal, obedezca ni al contexto, ni al espíritu, ni a la finalidad de la norma.
En efecto, y como dice el Tribunal Supremo la necesidad de atención al familiar enfermo puede ir mucho más allá de su hospitalización, e incluso, de la necesidad de atención facultativa inmediata, una situación así puede requerir múltiples actuaciones de auxilio y ayuda tanto al afectado como a la familiar y que van más allá del cuidado directo.
Es claro que la finalidad del precepto es permitir la ayuda al familiar enfermo y ésta puede ser de todo tipo.
Por tanto, entiende el JS que exigir una justificación que, por otra parte la empresa ni aclara ni concreta cuál debe ser, supone una carga más para la persona trabajadora que debe prestar estos cuidados, que se obligado a asumir además una labor burocrática nada clara ni concluyente consistente en pedir una justificación a un facultativo que puede o no expedírsela, porque, perfectamente, el enfermo puede estar en una situación en que no sea visitado por el facultativo, y éste no tiene ninguna obligación de expedir un parte como el que exige la empresa.
Por ello, se estima la demanda interpuesta por el sindicato y determina que pueda disfrutarse el permiso por las personas trabajadoras sin que ello venga condicionado por exigencia alguna a dichas personas de aportación de documentos justificativos de dicha situación más allá del “previo aviso y justificación”.
Conflictividad en torno al permiso de 5 días
La ampliación de los 2 (4 si había desplazamiento) a los 5 días actuales de permiso por enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización (introducidos por el RDLey 5/2023) está siendo fuente de conflictividad en los tribunales.
El criterio de este JS nos parece discutible y pensamos desde Sincro que vamos a ver sentencia dispares en torno a esta cuestión. De hecho, tenemos por ejemplo una sentencia de la AN donde sentencia que el alta hospitalaria no implica necesariamente poner fin al permiso de 5 días por hospitalización de familiar pero siempre y cuando subsista la necesidad de reposo domiciliario.
