Medidas DANA: Las 5 medidas en materia de Seguridad Social aprobadas en Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes (5 de noviembre de 2024), a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un paquete de medidas extraordinarias de protección y apoyo para paliar los efectos de la DANA.
Éstas han sido las medidas aprobadas (aunque habrá que esperar a la publicación en BOE del texto normativo para conocer bien el alcance, requisitos, duración, vigencia… de las medidas aprobadas.
1 Creación de una IT especial relativa a la salud física y/o salud mental
Se ha creado una incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores o autónomos con daños físicos y psicológicos provocados por la DANA, garantizando el 75% del salario desde el primer día de la baja
2. Pensiones
Las pensiones de incapacidad permanente, viudedad y orfandad también se asimilarán a las derivadas de accidentes laborales. Esto supone un aumento de la cuantía y una mejora del cálculo, que se hará en base a los ingresos totales del último año
3. Beneficiarios del IMV
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o pensiones no contributivas (PNC) en las zonas declaradas gravemente afectadas recibirán un complemento adicional extraordinario del 15%
4. Autónomos
Prestación por cese para autónomos: Se aprueba una mejora en la prestación por cese de actividad para autónomos directamente afectados por el temporal que deban suspender su actividad.
Los autónomos afectados podrán acceder a esta prestación incluso si no cumplen con el periodo mínimo de cotización (habitualmente 12 meses), y sin que este tiempo les compute de cara a futuras prestaciones (lo que se conoce como “contador a cero”).
5. Coste cero para Empresas y autónomos acogidos a ERTEs
Para empresas acogidas a ERTE y autónomos, afectados directamente por la DANA, se establece el “coste cero” en cotizaciones sociales para mitigar la falta de ingresos, favoreciendo así el mantenimiento del empleo y una rápida reactivación de la actividad productiva.
Asimismo, se aprueban aplazamientos y moratorias con condiciones especiales en el pago de obligaciones con la Seguridad Social para las empresas de zonas no afectadas directamente, pero que han sufrido el impacto de la DANA.
Para las empresas que puedan continuar su actividad, se habilita la opción de solicitar aplazamientos a un tipo de interés reducido del 0,5% durante los próximos cuatro meses, o bien moratorias a un año con interés cero en el pago de cotizaciones sociales.
Con el fin de proteger el tejido productivo, se ofrecerán facilidades adicionales para el pago de cotizaciones a la Seguridad Social, incluyendo la suspensión y ampliación de plazos, así como facilidades para realizar bajas y modificaciones en los datos de trabajadores
En todo caso habrá que esperar a la publicación del BOE para conocer el alcance, requisitos y la “letra pequeña” de todas las medidas.