Impuesto sobre Sociedades: Cómo opera el calendario gradual de reducción de los tipos impositivos para micropymes o empresas de reducida dimensión
Progresivamente, conforme a un calendario que se extenderá hasta 2027 o 2029 (en función del tipo de empresa), se va reduciendo progresivamente el tipo impositivo aplicable a determinadas compañías. Nuestra compañera, Irene Hua Rodríguez, te explica cómo opera y qué empresas se pueden beneficiar:
La aprobación de las últimas modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades trae consigo importantes novedades para determinadas empresas que se aplican desde 2025. Aunque el tipo general del 25% se mantiene para la mayoría de las sociedades, las micropymes y las entidades de reducida dimensión podrán beneficiarse de una reducción progresiva de los tipos impositivos durante los próximos años.
- Tipo general del 25%
Para la mayoría de las sociedades, el tipo general de gravamen seguirá siendo del 25%, sin cambios respecto a ejercicios anteriores. Por tanto, las principales novedades se concentran en empresas que cumplen determinados requisitos de dimensión y estructura.
Micropymes: reducción significativa de la tributación
Uno de los cambios más relevantes afecta a las micropymes que, a efectos de la aplicación del tipo reducido, son aquellas entidades que cumplen, de forma general, los siguientes requisitos:
- Cifra de negocios inferior a 2 millones de euros.
- Que el total de las partidas de todo su activo no supere el millón de euros.
- Plantilla media inferior a 10 trabajadores.
Para estas empresas se establece una reducción progresiva de los tipos impositivos que culminará en 2027.
Tipos aplicables a las micropymes
AñoBase imponible (hasta 50.000 €)Base imponible (más de 50.000 €)202521%22%202619%21%202717%20%
A efectos prácticos, esto significa que la rebaja definitiva supondrá que las micropymes tributen al 17% sobre los primeros 50.000 euros de base imponible y al 20% sobre el resto, frente al tipo del 23% que venían soportando anteriormente. No obstante, para llegar a ese escenario se ha previsto un régimen transitorio durante los ejercicios 2025 y 2026.
Entidades de reducida dimensión: una reducción gradual hasta 2029
Las empresas con una cifra de negocios entre 1 y 10 millones de euros también se beneficiarán de una rebaja fiscal, aunque de forma más gradual.
Para estas entidades, la disminución del tipo comenzará en 2025 y finalizará en 2029.
Calendario de reducción de tipos
AñoBase imponible202425%202524%202623%202722%202821%202920%
La reducción progresiva permitirá que estas compañías pasen de tributar al 25% a hacerlo al 20% en un horizonte de cinco años, favoreciendo la consolidación empresarial y la capacidad de inversión.
¿Cuándo se aplicarán estas reducciones?
Es importante tener en cuenta que estos nuevos tipos corresponden a los ejercicios iniciados a partir de 2025 y siguientes. Por ello, sus efectos prácticos se reflejarán en las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades que se presenten ahora en la campaña del impuesto de 2026, cuando se liquide el ejercicio 2025.
Conclusión y recomendaciones
Las novedades introducidas obligan a las sociedades a revisar su planificación fiscal y a comprobar si pueden acogerse a alguno de estos regímenes especiales.
En particular, será fundamental:
- Verificar si se cumplen los requisitos para ser considerada micropyme.
- Analizar la cifra de negocios de la empresa para determinar si puede aplicar el régimen de entidades de reducida dimensión.
- Revisar las previsiones de beneficio para cuantificar el impacto real de la reducción de tipos.
- Adaptar la planificación financiera y fiscal a los nuevos escenarios.
¿Tienes dudas sobre cómo afectan estas novedades a tu empresa? Contar con asesoramiento fiscal especializado puede ayudarte a aplicar correctamente los nuevos tipos y optimizar tu tributación dentro del marco legal vigente. Por ello, si necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con el Equipo Fiscal de Sincro.
