ETTs: Publicado en BOE el modelo oficial de contrato de puesta a disposición
Hoy (25 de noviembre de 2024) se ha publicado en BOE el modelo de contrato de puesta a disposición (Orden TES/1324/2024, de 20 de noviembre, por la que se desarrolla el RD 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal, ETTs).
La Orden entrará en vigor el próximo 1 de diciembre.
Contenido de la Orden
El primer artículo determina el objeto de la norma.
El segundo artículo determina el número de autorización administrativa de las empresas de trabajo temporal.
El tercer artículo dispone el modelo al que se deben sujetar los contratos de puesta a disposición.
El cuarto artículo establece el modelo de relación mensual de contratos de puesta a disposición que las empresas de trabajo temporal deben comunicar mensualmente a la autoridad laboral.
Objeto de la Orden
Esta orden tiene por objeto aprobar la relación de códigos de identificación que forman parte del número de autorización administrativa de las empresas de trabajo temporal, necesaria para su inscripción en el Registro de Empresas de Trabajo Temporal; establecer el modelo de contrato de puesta a disposición; y regular el modelo de la relación de contratos de puesta a disposición celebrados que las empresas de trabajo temporal deben remitir mensualmente a la autoridad laboral competente.
Nº autorización administrativa de las empresas de trabajo temporal
Las autorizaciones administrativas de las empresas de trabajo temporal se numerarán correlativamente utilizando ocho dígitos, conforme a lo establecido en el anexo I.
Modelo de contrato de puesta a disposición
El contrato de puesta a disposición se formalizará en el modelo que se establece en el anexo II.
Ahora bien, se establece expresamente que los contratos que, sin eliminar ninguno de los conceptos contenidos en ese modelo ni alterar su denominación, contengan modificaciones de carácter puramente formal o incluyan elementos adicionales de información se considerarán ajustados al citado modelo.
Modelo de relación de contratos de puesta a disposición celebrados
La relación de los contratos de puesta a disposición celebrados, que las empresas de trabajo temporal están obligadas a remitir mensualmente por medios electrónicos al Registro de Empresas de Trabajo Temporal de la autoridad laboral competente, deberá ajustarse al modelo establecido en el anexo III.
