El TS avala exigir justificación de que subsiste la necesidad de reposo en el permiso de 5 días
Importante sentencia del Tribunal Supremo sobre el permiso de 5 días por hospitalización de familiares y la necesidad de acreditar que subsiste la necesidad de reposo (STS de 12 de marzo de 2025).
El TS deja claro que cabe exigir que subsiste la necesidad de reposo para poder tener derecho al disfrute de los 5 días en el caso de que se produzca el alta hospitalaria.
Cabe seguir disfrutando del permiso hasta que se agoten los días, pero siempre y su cuando se justifique que subsiste la necesidad de reposo.
El caso concreto enjuiciado
Por la representación letrada del sindicato ELA se ha formulado recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 18 de octubre de 2022, Proc. 12/2022, que estimó en parte la demanda formulada por el indicado sindicato contra Eusko Jaurlaritza-Gobierno Vasco y Academia Vasca de Policía y Emergencias.
La demanda interesaba que se declarase “el derecho del personal afectado por el presente conflicto colectivo,
a disfrutar del permiso retribuido por hospitalización de cónyuge y parientes regulado en el art. 38 del
Convenio colectivo, en tanto que el familiar no haya obtenido el alta médica, presumiendo que por sí misma
el alta hospitalaria no excluye la gravedad/necesidad de reposo domiciliario determinantes del permiso”.
La sentencia aquí recurrida, sólo estimó en parte dicha demanda y declaró el derecho al permiso regulado en
el art. 38 del convenio colectivo en caso de que los familiares reseñados en aquella norma necesiten reposo
domiciliario tras el alta hospitalaria y así se acredite mediante certificado de hospitalización”
La sentencia del Supremo: cabe exigir justificación de que subsiste el reposo
El TS desestima el recurso del sindicato y deja claro que cabe exigir por parte de la empresa justificación de que subsiste la necesidad de reposo cuando se produce el alta hospitalaria.
Razona el TS que la interpretación efectuada por la sentencia de instancia “es la interpretación más acorde con la literalidad y el espíritu del precepto cuestionado”.
En efecto, la sentencia acoge la solicitud de la demanda en el sentido de que pueda seguirse disfrutando el permiso en cuestión si, tras el alta hospitalaria, no se ha producido, la correspondiente alta médica, cuando sea preciso el reposo domiciliario, según el certificado de hospitalización tal como lo prevé y requiere, expresamente, el texto del precepto cuestionado.
La exigencia del certificado de hospitalización es perfectamente compatible con la interpretación de la sentencia y, además, resulta ser la forma de justificar la continuidad del permiso. Y es que, en este caso, la operación jurídica que debe realizar la Sala se limita a determinar la correcta interpretación de un precepto convencional que mejora las previsiones legales vigentes al tiempo del conflicto que se enjuicia
