El TC refuerza la garantía de indemnidad en los despidos (STC de 9 de septiembre de 2025)
Importante sentencia del Tribunal Constitucional sobre el alcance de la garantía de indemnidad frente a un despido (STC de 9 de septiembre de 2025; la sentencia cuenta con un voto particular). Formular una reclamación a la RLT activa la garantía de indemnidad.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (garantía de indemnidad): extensión de la garantía de indemnidad a las reclamaciones formuladas a través de los comités de empresa.
Se declara que se ha vulnerado el derecho fundamental del trabajador en amparo a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en su dimensión de la garantía de indemnidad.
Por tanto, se declara la nulidad de la sentencia del TSJ de Canarias y eclarar la nulidad de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Las Palmas y se declara la firmeza de la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 6 de Las Palmas de Gran Canaria.
Sentencia el Constitucional que la decisión judicial de excluir de la protección dispensada por la garantía de indemnidad frente a represalias empresariales la concreta actuación reclamatoria usada en este caso por el demandante al amparo del art. 64.7 a) 1 LET, como vía apta y útil para dirimir la controversia laboral que tenía planteada, ha vulnerado su derecho a la tutela judicial por tratarse de una actuación conectada con la finalidad propia de la protección constitucional que se dispensa a ese derecho fundamental.
El caso concreto planteado
El objeto del presente recurso es determinar si vulnera el derecho del trabajador a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en su dimensión de la garantía de indemnidad, la decisión judicial de considerar que queda fuera del ámbito de protección de esa garantía la formulación de una reclamación ante la representación legal de los trabajadores, en defensa de un derecho del que el trabajador cree ser titular, para que esta desarrollara una función de intermediación con la empresa dentro de su labor de vigilancia en el cumplimiento de la normativa laboral, por entenderse que no se trata del ejercicio de una acción judicial o preprocesal vinculada al derecho a la tutela judicial efectiva.
La STC: formular una reclamación a los RLT activa la garantía de indemnidad
El TC estima el recurso del trabajador. Cabe contemplar dentro del ámbito de protección constitucional de la garantía de indemnidad, no solo las actuaciones que implican el efectivo ejercicio de las acciones legales ante los órganos judiciales o de aquellos actos previos que la normativa exija o establezca potestativamente para el acceso a los mismos, sino también las actuaciones previas o preparatorias a estas que responden a la lógica y conveniencia de una actividad encaminadas a la defensa de los intereses o derechos que el trabajador considere legítimos en evitación de un procedimiento judicial y que pudieran desembocar en el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, en caso de no ser atendidas sus pretensiones.
Y entiende el TC que el supuesto de reclamaciones de los trabajadores ante su representación legal en las empresas, en pretensión de que desarrollen una función de intermediación con el empleador dentro de su labor de vigilancia del cumplimiento de la normativa laboral reconocida en el art. 64.7 a) 1 LET, tiene las características necesarias, ya apreciadas por la jurisprudencia constitucional en relación con otras actuaciones previas al efectivo ejercicio de acciones legales ante los órganos judiciales, para ser susceptible de recibir la protección constitucional de la garantía de indemnidad.
Nueva normativa sobre garantía de indemnidad
Cabe recordar que desde el 4 de diciembre de 2024 se ha reforzado vía normativa la protección de la garantía de indemnidad frente al despido vía Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa, como explicamos en nuestro blog.
