El alta hospitalaria no implica necesariamente poner fin al permiso de 5 días por hospitalización de familiar (RD-Ley 5/2023)
La Audiencia Nacional se ha pronunciado expresamente sobre el nuevo permiso de cinco días por enfermedad u hospitalización de determinados familiares en su redacción dada por el RD-Ley 5/2023. Que se produzca el alta hospitalaria no implica necesariamente que acabe el permiso (SAN de 24 de julio de 2024, con remisión a TS 12 de julio de 2018)
¡Importante! Recordamos que el RDLey 5/2023 introduce modificaciones en el permiso por enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de determinados familiares que precise reposo domiciliario. Entre otros se amplía de los 2 (4 si había desplazamiento) a 5 días.
Pues bien, una de las dudas al haberse ampliado el permiso a 5 días es si, en caso de alta hospitalaria, esto suponía que no había derecho a los 5 días de permiso. La AN acaba de sentenciar que el alta hospitalaria no determina, por si misma, la finalización de la licencia retribuida por hospitalización de familiares pues el Estatuto prevé expresamente un permiso de 5 días para los casos de ” hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario”, siendo equiparables los conceptos del asistencia continuada y reposo domiciliario a los efectos de disfrutar del correspondiente permiso (remisión a la sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2018).
Si subsiste la necesidad de reposo domiciliario, subsiste el derecho a disfrutar de los cinco días de permiso.
El caso concreto enjuiciado
En fecha 28 de mayo de 2024 la Federación de Industria, Construcción y Agro de la UGT (en adelante UGT) interpuso demanda frente a dos empresas de un grupo solicitando se declare el derecho de los trabajadores afectados a que el alta hospitalaria en si misma no supone la terminación del permiso retribuido por hospitalización mientras el causante se mantenga en situación de baja médica y reposo domiciliario.
Si es así, solicitaba el sindicato se considere que el trabajador tendrá derecho a que el permiso se alargue mientras dure la baja médica del causante, y hasta el máximo de días previsto en la normativa de aplicación, sean 5 conforme establece el ET o los que permita la regulación del convenio colectivo”
La sentencia de la AN: derecho a los 5 días de permiso aunque haya alta hospitalaria
La AN estima la demanda y declara el derecho a disfrutar de los cinco días de permiso mientras subsista la necesidad de reposo. Apela, entre otros la AN, a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y también a la perspectiva de género y a la igualdad.
Deja claro la sentencia que la interpretación que postula la empresa según la cual el permiso habrá de extenderse únicamente hasta que finalice la hospitalización, con independencia de la prescripción de reposo domiciliario, resulta contraria al referido principio de igualdad real, pues no hace sino perpetuar la denominada “brecha laboral de género”, ya que implica que el colectivo que tradicionalmente asume los cuidados vea mermados sus derechos por esta causa, a la par, que supone un desincentivo para que los hombres asuman el deber de corresponsabilidad en las cargas familiares.
En definitiva, el alta hospitalaria no determina, por si misma, la finalización de la licencia retribuida por hospitalización de familiares pues el Estatuto prevé expresamente un permiso de 5 días para los casos de ” hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario”, siendo equiparables los conceptos del asistencia continuada y reposo domiciliario a los efectos de disfrutar del correspondiente permiso ( STS 12-7-18).
Así, ha de entenderse que en los supuestos planteados en el presente conflicto de intervención por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario si tras el alta hospitalaria no se han agotado dichos cinco días y se ha prescrito reposo domiciliario al familiar o persona conviviente el trabajador/a tiene derecho al disfrute de esos cinco días (o, en caso de que se negocie de forma más favorable en el Convenio, una duración mayor que pudiera resultar más beneficiosa a la prevista en el ET).
Es decir, concluye la sentencia, el alta hospitalaria en si misma no supone la terminación del permiso retribuido por hospitalización mientras el causante se mantenga en situación reposo domiciliario prescrito.
