Construcción: Publicado en BOE el Instrumento de adhesión al Convenio sobre seguridad y salud en la construcción de la OIT
Hoy, 31 de julio de 2024, se ha publicado en el BOE el Instrumento de adhesión al Convenio sobre seguridad y salud en la construcción de la OIT (C167), hecho en Ginebra el 22 de junio de 1988. Para España entrará en vigor el 11 de junio de 2025.
A quién aplica el Convenio sobre seguridad y salud en la Construcción
Se aplica a todas las actividades de construcción, es decir, los trabajos de edificación, las obras públicas y los trabajos de montaje y desmontaje, incluidos cualquier proceso, operación o transporte en las obras, desde la preparación de las obras hasta la conclusión del proyecto.
Deberá consultarse a las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas sobre las medidas que hayan de adoptarse para dar efecto a las disposiciones del presente Convenio.
Todo Miembro que ratifique el presente Convenio se compromete, con base en una evaluación de los riesgos que existan para la seguridad y la salud, a adoptar y mantener en vigor una legislación que asegure la aplicación de las disposiciones del Convenio.
Deberán tomarse medidas para asegurar la cooperación entre empleadores y trabajadores, de conformidad con las modalidades que defina la legislación nacional, a fin de fomentar la seguridad y la salud en las obras.
Aspectos concretos que regula el Convenio
Entre otras cuestiones, se establecen disposiciones sobre
- Andamiajes y escaleras de mano
- Aparatos elevadores y accesorios de izado
- Vehículos de transportes y maquinaria de movimiento de tierras y de manipulación de materiales
- Instalaciones, máquinas, equipos y herramientas manuales
- Trabajos en alturas, incluidos los tejados
- Excavaciones, pozos, terraplenes, obras subterráneas y túneles
- Ataguías y cajones de aire comprimido
- Trabajos en aire comprimido
- Armaduras y encofrados
- Trabajos por encima de una superficie de agua
- Trabajos de demolición
- Alumbrado
- Electricidad
- Explosivos