¿Cómo hay que comunicar el desplazamiento de un trabajador a India?
Cada vez son más frecuentes los desplazamientos por motivos laborales de trabajadores a distintos países del mundo. En este artículo elaborado por Luis Manias, Responsable del Área Laboral de Sincro, analizamos cómo hay que tramitar el desplazamiento a India.
En primer lugar, hay que comprobar si existe convenio bilateral con el país en cuestión. En el caso de India, no lo hay. Por tanto, aplica lo dispuesto en la Orden ISM/835/2023 (BOE de 22 de julio 2023).
En el art. 4 de la Orden se regula el desplazamiento de personas trabajadoras a un país en el que no resulte aplicable ningún instrumento internacional en materia de coordinación de los sistemas de Seguridad Social o en el que, aun siendo aplicable un instrumento internacional, tales personas no estén incluidas dentro de su ámbito de aplicación subjetivo.
Las personas trabajadoras desplazadas al extranjero por sus empresas para trabajar por cuenta de éstas se considerarán en situación asimilada a la de alta en el régimen de la Seguridad Social en el que estuvieran encuadradas, a efectos de causar derecho a determinadas prestaciones.
Durante este tiempo, continúa la obligación de cotizar, tanto por parte de la empresa como de las personas trabajadoras desplazadas, mientras éstas permanezcan en el país de destino y se mantenga la relación laboral con la empresa, en los términos y con el alcance establecidos en esta orden.
A tal efecto, la empresa deberá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el desplazamiento de las personas trabajadoras con anterioridad a su inicio.
Hecha esta precisión normativa, éste es el procedimiento que debemos seguir en el caso de desplazamientos a India:
- Pasos para comunicar el desplazamiento a India
Tenemos que consignar la situación SAA 150 TRAB.DESPLAZADO NO INST.INTERNACIONAL / DESPLAZADO NO I.I. Supuesto contemplado en art. 3.a.
Su comunicación a la Seguridad Social se realizará a través del Sistema RED, a través de una situación adicional.
Paso 1: Indicas los datos de empresa y trabajador y el tipo de situación y opción “Alta”
Paso 2. Indicas las fechas del desplazamiento y el país (en este caso consignaríamos India)
Paso 3. Confirmas los datos y la operación se procesa correctamente.
Un consejo adicional: seguro médico
Finalmente, desde Sincro aconsejamos (especialmente si se trata de un desplazamiento de cierta duración y/o de si la persona va a realizar viajes de forma recurrente) valorar la posibilidad de concertar un seguro médico privado para el trabajador.
Asimismo, también se puede valorar un seguro médico con cobertura internacional (algunas aseguradoras los ofrecen) pero en todo caso, siempre hay que cotejar qué cubre exactamente y si esa cobertura internacional tiene el mismo alcance en todos los países y cuáles son las condiciones, exclusiones…
