¿Cómo hay que comunicar a la Seguridad Social el desplazamiento al extranjero de un trabajador?
Por distintas razones (ferias, eventos, visitas comerciales, proyectos…) puede ser necesario desplazar al extranjero a un trabajador o varios trabajadores.
Pues bien, ya se trate de desplazamientos al extranjero de corta (o muy corta) duración o de duración más prolongada, hay que comunicar dicho desplazamiento a la Seguridad Social. Además, si estuviéramos hablando de un traslado y no de un mero desplazamiento, habrá que tener en cuenta cuestiones adicionales.
En el caso de los desplazamientos, en este artículo, Maried Parada, Asesora Laboral de Sincro, te explica paso a paso cómo hay que proceder:
Cuando un trabajador es desplazado al extranjero por su empresa (y sea cual sea la duración del desplazamiento), esto obliga a tramitar el formulario A1 y, dependiendo del país destino, el trámite se puede realizar por las siguientes vías:
- Sistema Red
- Sede Electrónica de la Seguridad social
Desplazamiento a países de la UE, EEE, Suiza, Reino Unido o Gibraltar
Si se trata de desplazamientos a UE, EEE, Suiza, Reino Unido y Gibraltar, la ruta para la comunicación es:
Sistema Red
Inscripción y Afiliación Online Real
En este apartado deberá cumplimentar toda la información del traslado, siendo obligatorio indicar:
Datos del trabajador / Periodo del viaje (inicio y fin) / País destino /datos de la empresa y domicilio.
Finalmente, y antes de aceptar, le saldrá un resumen de los datos informados. Una vez hecho, se generará el justificante de la comunicación.
Desplazamiento a otros países
Si se trata de un desplazamiento a otros destinos, como EEUU, Latinoamérica (Latam), etc. la ruta para la comunicación es a través de la sede electrónica:
Web de la seguridad social: Seguridad Social: Internet
Generalmente, se accederá como representante (autorizado Red) y con el certificado electrónico.
En adelante habrá que cumplimentar los datos del trabajador desplazado, destino, al igual que el caso anterior.
El formulario general es el TA300, disponible en la web de la SS, y en él, se indican los distintos modelos que aplican según el país destino o si existen convenios bilaterales en materia de cotización. En cualquier caso, toda la información está puesta a disposición en la web de la seguridad social.
Finalmente, su empresa debe tener en cuenta que, en caso de comunicación de prórrogas de desplazamientos, será necesario aportar determinada documentación adicional.
En caso de dudas para situaciones concretas, puede hacer las consultas a través del Sistema RED, en el servicio de: Atención y soporte al Autorizado (CASIA).
