Cierra 2024 sin remunerar el permiso parental y sin ver en BOE la corrección de la Ley de Paridad
Dos de las asignaturas pendientes en materia de normativa laboral al cierre de 2024 son la remuneración del permiso parental de hasta 8 semanas y la corrección del “error técnico” de la Ley de Paridad.
- Remuneración del permiso parental
Como hemos explicado en El Blog de Sincro durante 2024, la Directiva 2019/1158, de 20 de junio de 2019 fijaba como plazo máximo de trasposición para la remuneración del permiso parental el 2 de agosto de 2024.
En concreto, el art. 20.2 de la Directiva establece lo siguiente:
“(…) para la remuneración o la prestación económica correspondientes a las últimas dos semanas del permiso parental previsto en el artículo 8, apartado 3, los Estados miembros pondrán en vigor disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva a más tardar el 2 de agosto de 2024. Informarán de ello inmediatamente a la Comisión”.
Pues bien, España cierra 2024 sin remunerar el permiso parental lo que podría conllevar la imposición de una sanción a España por incumplir lo establecido en la Directiva.
2) El “error técnico” de la Ley de Paridad
La denominada “Ley de Paridad” (Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres) eliminó por “error” dos causas de nulidad objetiva o automática del despido.
En concreto, debido a un “error técnico” se eliminó la nulidad objetiva o automática del despido (tanto objetivo como disciplinario) en los dos supuestos introducidos vía RD-Ley 5/2023:
- Adaptación de jornada por conciliación por la vía del art. 34.8 del ET
- Permiso de cinco días por enfermedad u hospitalización de determinados familiares.
La corrección se incluye en el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, pero aún tenemos que esperar a que se produzca la publicación en BOE.
Por cierto, el Proyecto de LO de medidas de eficiencia en justicia incluye diversas medidas laborales que explicamos en nuestro blog.
Y a estas dos “asignaturas pendientes” se le suman otras como la fallida jornada laboral de 37,5 horas (que en principio iba a implantarse ya en 2024 y veremos a ver qué sucede en 2025) o el Estatuto del Becario.
Sobre el Estatuto del Becario, recordamos que hasta el próximo 3 de enero de 2025 está abierto el plazo para presentar aportaciones.
