Así será la contratación de personas extranjeras en origen en 2025 (GECCO)
El pasado 28 de diciembre se publicó en BOE la Orden ISM/1488/2024, de 27 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2025 (Orden GECCO).
La Orden entrará en vigor el 1 de enero de 2025 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
Entre sus principales claves:
Se introducen cambios como la modificación temporal de los contratos, pasando de ser por año natural a contabilizar el tiempo por fecha de inicio y finalización del mismo.
Esta contratación podrá realizarse para cubrir puestos de naturaleza estacional o de temporada, a través de migración circular.
Como ha sucedido en 2024, la orden prevé también la posibilidad de gestión colectiva de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena a través de migración estable.
Modelos de contratación estable y circular
Los dos modelos de contratación –estable y circular– podrán realizarse de forma genérica y nominativa, y admiten formas de tramitación ordinaria y unificada, según el número de empleadores involucrados o empleadoras involucradas.
Al igual que para el año 2024, la Orden GECCO para 2025 profundiza en la modalidad de contratación nominativa, con el objetivo de dar cabida dentro del marco de las contrataciones fijo-discontinuas, a proyectos migratorios de naturaleza circular que hubiesen utilizado la figura de la residencia de duración determinada hasta su derogación efectiva el 27 de julio de 2023, al entrar en vigor la supresión del capítulo VI del título IV del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en virtud de la disposición final única del citado Real Decreto 629/2022, de 26 de julio.
Orden GECCO: Migración estable y migración circular
- Migración de carácter estable: la contratación de trabajadores o trabajadoras en origen de forma colectiva mediante la gestión simultánea de sus autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena para atender a la cobertura de puestos estables que no deban ser objeto de contratos fijos-discontinuos.
Estas autorizaciones se concederán en los términos establecidos en el artículo 64 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y su tramitación se realizará de forma colectiva, y se basará en la gestión simultánea de una pluralidad de autorizaciones.
- Migración circular: la concesión de autorizaciones de cuatro años de duración, que habilitan a trabajar por un periodo máximo de nueve meses al año en un único sector laboral, basadas en una contratación fijo-discontinua, para atender a la cobertura de puestos con naturaleza estacional, de temporada o de prestación intermitente con periodos de ejecución ciertos.
La vigencia de estas autorizaciones estará supeditada a que la persona contratada a través de este procedimiento cumpla con su compromiso de retorno a su país de origen inmediatamente tras la finalización de la actividad laboral, y al mantenimiento de las condiciones que justificaron la concesión de la autorización, siendo, en este caso, llamado de nuevo en la siguiente temporada o estación, de acuerdo con lo establecido en su contrato.
Estas autorizaciones se concederán para un único empleador o única empleadora, sin perjuicio de las posibilidades de cambios de empleador o empleadora y concatenaciones, de acuerdo con lo previsto en la propia Orden GECCO.
El incumplimiento del compromiso de retorno o el no mantenimiento de las circunstancias que promovieron la concesión supondrán la extinción de la autorización.
La Orden contiene 10 Anexos con todos los modelos de documentos que hay que formalizar en cada caso concreto de contratación en origen. Son los siguientes:
ANEXO I
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Declaración de representación a favor de organización empresarial
ANEXO II
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Documento de designación de representante para solicitud de visados
ANEXO III (A)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Solicitud de gestión de oferta de empleo para los trabajadores/as seleccionados
ANEXO III (B)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Oferta de empleo genérica
Oferta de empleo genérica
ANEXO III (C)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Oferta de empleo nominativa
Oferta de empleo nominativa
ANEXO III (D)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Solicitud de prórroga
ANEXO III (E)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Solicitud de modificación por cambio de empleador/a y/o ámbito geográfico
ANEXO III (F)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Solicitud de prórroga y modificación
Solicitud de prórroga y modificación
ANEXO III (G)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Memoria anexa a solicitud de prórroga y modificación
ANEXO III (H)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Certificación de aptitud profesional o habilitación específica para el desempeño del trabajo
Oferta de empleo nominativa
ANEXO III (I)
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Oferta de empleo nominativa estable
ANEXO IV
Gestión colectiva de contrataciones en origen
Relación de trabajadores/as seleccionados
ANEXO V
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Anexo al contrato de trabajo
ANEXO VI
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Compromiso de regreso de trabajadores/as extranjeros/as en proyectos de migración circular
ANEXO VII
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Documento de designación de representante en el proceso de selección de trabajadores/as
ANEXO VIII
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Justificante de comparecencia a efectos de acreditar el retorno
ANEXO IX
Condiciones de habitabilidad de los alojamientos para trabajadores/as migrantes en la agricultura
ANEXO X
Gestión colectiva de contrataciones en origen 2025
Comunicación de llamamiento a la actividad de trabajadores/as en el ámbito de la migración circular