Aprobado el Anteproyecto de Ley que redefine el concepto de "empresa pequeña" a efectos de información financiera
Las empresas con un balance total de hasta 7,5 millones (frente a los 4 vigentes) y con un volumen de negocio neto de hasta 15 millones (frente a los 8 de ahora) serán consideradas pequeñas y no medianas y podrán acceder al régimen simplificado o abreviado de información financiera
El Consejo de Ministros aprobó ayer, 4 de noviembre de 2025, el anteproyecto de Ley que eleva los criterios de volumen de negocio y de activo para considerar a las empresas como pequeñas a efectos de información financiera.
En concreto, la norma elevará los umbrales de las consideradas pequeñas empresas para que más compañías accedan al régimen simplificado de información financiera (modelos abreviados), reduciendo sus cargas administrativas y favoreciendo un entorno empresarial más eficiente.
Según los cálculos del Gobierno, se estima que 5.813 empresas se van a beneficiar de esta medida. De esta manera, el 98,5% de las empresas españolas podrán acceder así a un modelo contable de cargas administrativas reducidas.
Qué será pequeña empresa
Los nuevos umbrales se refieren al activo y al volumen neto de negocio de las empresas pequeñas, medianas y grandes.
De esta manera, a efectos de información financiera, se considerará pequeña empresa aquella que disponga de un balance total de hasta 7,5 millones y un volumen de negocio neto de hasta 15 millones (en lugar de los 4 y 8 millones, respectivamente).
Otra de las novedades de esta norma es el incremento del 25% en los umbrales que determinan qué sociedades están obligadas a auditarse. Unas cifras que no se actualizaban desde 2013.
¿Y ahora?
De momento solo se ha aprobado el anteproyecto de ley por lo que habrá que estar pendientes del recorrido de la tramitación parlamentaria.
