8M: 5 cuestiones laborales clave que deben tener presentes las empresas
Hoy, 8 de marzo, se celebra el Día Internacional de la Mujer que tiene como lema “Para todas las mujeres y niñas: Derechos, Igualdad, Empoderamiento”. Recordamos estas 5 cuestiones laborales que deben tener en cuenta todas las empresas:
1. Obligación del Registro Retributivo y de la Auditoría Retributiva
Todas las compañías, sea cual sea su número de personas en plantilla, están obligadas a realizar un registro retributivo (art. 28.2 del ET y art. 5 del Real Decreto 902/2020).
Adicionalmente, las compañías obligadas a tener Plan de Igualdad, tienen obligación de elaborar una auditoría retributiva (que suele ser uno de los puntos más conflictivos en el marco de la negociación del plan de igualdad)
Las empresas a partir de 50 personas trabajadoras ya tendrían que tener elaborado y registrado en el REGCON su Plan de Igualdad. Sin embargo, a día de hoy, es una de las obligaciones laborales más incumplidas por las compañías.
2. De la directiva europea a la Ley Orgánica de Paridad: la cuota del 40%
La Ley Orgánica de Paridad (derivada de la trasposición de la Directiva europea) establece la obligación de las sociedades cotizadas de cumplir la cuota del 40% (LO 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres)
Se establece el siguiente periodo para la adaptación:
– Para las 35 sociedades con mayor valor de capitalización bursátil (IBEX 35) antes del 30 de junio de 2026
– Resto de empresas cotizadas: antes del 30 de junio de 2027.
3. Brecha salarial y principio de “a igual trabajo, igual valor”
La valoración de puestos y la auditoría retributiva son las que permiten aflorar la brecha salarial. Si una empresa quiere asegurar que no tiene brecha salarial de ningún tipo lo tiene muy fácil: cumplir con la obligación establecida en la normativa laboral.
El Estatuto de los Trabajadores establece expresamente en su art. 28 la igualdad de remuneración por razón de sexo (a igual trabajo, igual valor).
En concreto, un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.
4. Futura trasposición de la Directiva europea de transparencia retributiva
A futuro será fundamental ver el impacto en materia de igualdad en el ámbito laboral de la trasposición de la Directiva europea de transparencia retributiva (Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023)
Esta directiva, entre otras cuestiones, prohíbe expresamente preguntar a un candidato o candidata por su historial retributivo.
El plazo máximo de trasposición de la Directiva es el 7 de junio de 2026.
5. Inteligencia artificial y su impacto en el ámbito laboral
Es fundamental estar alertas ante la irrupción de la inteligencia artificial en el ámbito laboral. La IA ya empieza a “aterrizar” en los convenios colectivos (p.ej. industria química, banca, establecimientos financieros…) pero de forma muy lenta.
Es importante plantearse llevar la IA también a la negociación de los planes de igualdad.
