¿Va a realizar una inversión importante? Cómo recuperar antes el IVA
Si su empresa va a realizar una inversión significativa, es aconsejable valorar la opción de inscribirse en el REDEME para acelerar la recuperación del IVA. Te lo explica en este artículo nuestra compañera Irene Hua Rodríguez.
La adquisición de maquinaria, equipos tecnológicos, inmuebles afectos a la actividad o cualquier otro activo de elevado importe suele llevar aparejada una importante salida de tesorería. Y no solo por el coste de la inversión en sí misma, sino también por el IVA soportado que debe abonarse al proveedor en el momento de la compra.
Cuando el importe del IVA es significativo, muchas empresas y autónomos desconocen que existe una alternativa para acelerar su recuperación: la inscripción en el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME). Además, los meses de octubre y noviembre son especialmente relevantes para analizar esta posibilidad de cara al ejercicio siguiente.
El problema: grandes inversiones y un IVA a compensar durante meses
Pongamos como ejemplo a una sociedad que adquiere una maquinaria industrial por 400.000 euros más 84.000 euros de IVA.
Si en los meses siguientes la empresa no genera suficiente IVA repercutido para absorber esa cuota soportada, se encontrará con un saldo a su favor frente a Hacienda que deberá ir compensando paulatinamente.
En el régimen general, la devolución del IVA únicamente puede solicitarse al presentar la autoliquidación correspondiente al último período del año. Esto significa que, dependiendo del momento en que se realice la inversión, la recuperación efectiva del impuesto puede demorarse varios meses.
Esta circunstancia puede tener un impacto relevante en la liquidez de la empresa, especialmente en proyectos de expansión, procesos de digitalización, apertura de nuevas instalaciones o adquisiciones de activos estratégicos.
- ¿Qué es el REDEME?
El Régimen de Devolución Mensual, conocido como REDEME, permite a los empresarios y profesionales solicitar la devolución del saldo de IVA a su favor de forma mensual, en lugar de esperar al cierre del ejercicio.
En la práctica, esto supone que la Agencia Tributaria revisa las autoliquidaciones presentadas y, en su caso, devuelve las cuotas soportadas deducibles con una periodicidad mucho más cercana al momento en que se produce la inversión.
Por ello, el REDEME puede convertirse en una herramienta financiera muy interesante para empresas que:
- Tienen previsto realizar inversiones de importe elevado.
- Soportan habitualmente más IVA del que repercuten.
- Se encuentran en fases iniciales de actividad.
- Ejecutan proyectos de I+D o expansión con importantes desembolsos.
- Exportan o realizan operaciones que generan saldos recurrentemente a devolver.
- ¿Por qué es importante analizarlo ahora?
Es importante tener en cuenta que la inscripción en el REDEME no puede solicitarse en cualquier momento con efectos inmediatos. Con carácter general, para quedar incluido en el régimen desde el inicio del año siguiente, la solicitud debe realizarse durante el mes de noviembre mediante la presentación del modelo 036.
Por este motivo, las empresas que estén planificando adquisiciones relevantes para el próximo ejercicio deberían revisar ahora si les resulta conveniente acogerse al sistema de devolución mensual. - Algunos contras
Antes de solicitar la inclusión en el REDEME conviene analizar también las obligaciones que conlleva. Las entidades inscritas quedan sujetas, entre otras cuestiones, a:
- La presentación de autoliquidaciones periódicas con carácter mensual.
- El suministro electrónico de registros mediante el Sistema Inmediato de Información (SII).
- Un mayor volumen de gestión administrativa y control interno.
Por ello, la decisión no debe adoptarse únicamente atendiendo al importe de la devolución esperada, sino valorando el equilibrio entre el beneficio financiero obtenido y las obligaciones formales que asumiría la organización.
¿Cuándo merece la pena planteárselo?
Aunque cada caso requiere un análisis individualizado, suele ser recomendable estudiar la adhesión al REDEME cuando: - Se prevén inversiones con cuotas de IVA especialmente elevadas.
- La actividad genera saldos recurrentemente a devolver.
- La empresa necesita optimizar su tesorería.
- El coste administrativo adicional es asumible.
- Se dispone de herramientas y procedimientos para cumplir con las obligaciones del SII.
Conclusiones
Una gran inversión puede esconder una oportunidad de mejora financiera que muchas empresas pasan por alto. Recuperar el IVA soportado varios meses antes puede suponer una diferencia significativa en la tesorería del negocio, especialmente en proyectos de crecimiento o expansión.
Por ello, si su empresa tiene previsto adquirir activos relevantes durante el próximo ejercicio, el último trimestre del año es un momento idóneo para analizar si la incorporación al REDEME puede resultar ventajosa.
Una revisión previa permitirá determinar si el ahorro financiero derivado de la recuperación anticipada del IVA compensa las obligaciones formales asociadas al régimen y evitará perder los plazos para optar por esta modalidad de devolución.
En todo caso, es importante que a la hora de tomar la decisión, tanto en el caso de empresas como de autónomos, se cuente con asesoramiento especializado.
