El VI ALEH (hostelería) fija un plazo de dos días para cumplir el trámite de audiencia previa en despidos disciplinarios
La negociación colectiva mueve ficha y, tras la sentencia del TS de 18/11/2024, empieza a regularse cómo cumplir el trámite de audiencia previa obligatorio en despidos.
Hoy, 4 de septiembre de 2026, se ha publicado en BOE la Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería (ALEH VI) y establece cómo hay que cumplir el trámite y qué plazo hay que dar.
Dos días de plazo para alegaciones
Tal y como se establece expresamente:
Tras la sentencia del TS de 18/11/2024, la empresa, en caso de despido disciplinario, está obligada a informar a la persona trabajadora de los hechos que se le imputan y de su posible calificación jurídica previo a la comunicación de la carta de despido, para darle la oportunidad de contestar a las imputaciones; a menos que no pueda pedirse razonablemente a la empresa que le conceda esta posibilidad.
1. La empresa debe llevar a cabo esta información por medio del procedimiento que habitualmente se utilice en la comunicación entre la empresa y su plantilla laboral.
2. Recibida la información, la persona trabajadora dispondrá de un plazo de dos días para contestar a dicho escrito, por la vía que estime conveniente, incluida a través de la representación sindical o unitaria en la empresa.
3. Durante este plazo de dos días para la contestación, la persona trabajadora seguirá prestando servicios de la forma habitual, salvo que la empresa considere lo contrario, en cuyo caso le comunicará que estos dos días se consideran como de permiso retribuido.
4. Si se establece como permiso retribuido, la empresa puede considerar la aplicación de determinadas medidas, como, entre otras, suspensión del acceso al centro de trabajo o al correo electrónico corporativo, o la devolución temporal de herramientas de trabajo.
5. Finalizado este plazo, la empresa podrá tomar la decisión de continuar con el procedimiento del despido o cualquiera otra que considere.
