Convocatoria de huelga general: reacciones de CEOE y CONPYMES
Los sindicatos UGT y CCOO anunciaron ayer (5 de octubre de 2026) en un comunicado conjunto que han acordado, lo cual tendrá que ser ratificado por sus máximos órganos de dirección, la convocatoria de una huelga general para reivindicar salarios dignos para acceder a una vivienda digna.
Tras este anuncio, las reacciones de las patronales de empresarios no se han hecho esperar y ponen de duda (a la espera de conocer la convocatoria definitiva) si podría considerarse una huelga ilegal.
Cabe recordar en este sentido que el art. 11 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, determina que una huelga es ilegal (entre otras causas) "cuando se inicie o se sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados".
Comunicado de CONPYMES
Desde CONPYMES han lanzado un comunicado muy rotundo en el que la entidad "manifiesta su más enérgico rechazo al anuncio de convocatoria de huelga general por parte de las organizaciones sindicales en relación con el problema del acceso a la vivienda"
Entienden desde CONPYMES que "se trata de un planteamiento que puede ser ilegal, dado que los motivos de la protesta no responden a un conflicto legítimo entre empresarios y trabajadores".
Asimismo, han señalado que "consideramos que existen serias dudas jurídicas sobre la utilización de la huelga laboral para presionar sobre decisiones de política pública que no están en manos de los empresarios afectados, y habrá que examinar la convocatoria formal para determinar si la referencia salarial constituye una reivindicación laboral real o un elemento meramente instrumental destinado a dar cobertura laboral a una movilización esencialmente política".
Comunicado de CEOE y CEPYME
En el comunicado emitido han querido advertir de que "con la información disponible en estos momentos, la huelga general anunciada por los sindicatos mayoritarios este lunes, horas después de la convocatoria anticipada de elecciones en el país, supone una medida de presión que persigue fundamentalmente provocar cambios legislativos y de índole presupuestario en materia de vivienda"
Asimismo, han señalado que "la información conocida hasta el momento no permite realizar una valoración definitiva (especialmente, sobre su encaje jurídico), dado que la convocatoria está pendiente de ratificación, carece de fecha determinada y no constituye todavía el preaviso formal exigido legalmente".
Una vez se conozca la convocatoria definitiva, han advertido que la "analizaremos en detalle, defendiendo la seguridad jurídica y el normal funcionamiento de las empresas"
Por tanto, habrá que ver qué sucede finalmente con este tema y, si finalmente hay convocatoria de huelga general, si el conflicto acabaría judicializado.
