Acaba septiembre sin cambios en el registro diario de jornada
Enésimo retraso de la aprobación del Real Decreto que introducirá cambios en el registro diario de jornada y las empresas siguen sin saber si finalmente verá o no la luz en BOE y, si es así, cuándo.
Más de un año después de asegurar su "entrada en vigor inminente", lo único cierto es que seguimos con las mismas reglas de juego en torno al registro diario de jornada, pero no saber si finalmente saldrá o no adelante el RD por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia de registro de jornada, genera una enorme incertidumbre en las empresas.
¿Qué hay que hacer mientras tanto?
Mientras tanto, las reglas de juego siguen siendo las mismas, es decir:
- El registro diario de jornada es obligatorio para TODAS las empresas desde la primera contratación, sin perjuicio del tipo de contrato o presencialidad en el centro de trabajo.
- Debe cumplimentarse de forma diaria y debe incluir el horario de inicio y fin de la jornada de manera clara y concreta.
- El sistema de registro de Jornada debe ser fiable, objetivo y accesible. Así lo ha sentenciado expresamente el Tribunal Supremo (en apliación de lo dispuesto por el TJUE), determinando que “(...) la consecuencia jurídica, aunque no lo mencione específicamente el art. 39.4 ET, no puede ser otra que la de entender que cualquier sistema de registro de jornada -ya sea pactado o adoptado por la empresa-, deberá cumplir necesariamente con todos y cada uno de esos tres requisitos; objetivo, fiable y accesible, debiendo declararse en caso contrario su ilegalidad” (STS de 18/01/2023).
- Las empresas deben conservar los registros de jornada durante cuatro años.
Además, hay que consultar el convenio colectivo de aplicación en la empresa por si dispone requisitos o exigencias adicionales.
Y unido a lo anterior, independientemente de que acabemos o no viendo en BOE el RD con cambios, es esencial elaborar e implementar una política corporativa sobre el registro de jornada, explicando tipo de sistema elegido, cómo fichar, consecuencias de no hacerlo o de hacerlo mal..., ya que una buena política corporativa puede marcar la diferencia, llegado el caso, entre que un despido por incumplimientos del trabajador en materia de registro de jornada sea declarado procedente o improcedente.
